Las Inspecciones Técnicas de los Edificios
Como
ya sabéis, el pasado 23 de febrero de este año entró en vigor el
Decreto 187/2010 dela Generalitat de Catalunya que establece la obligatoriedad de realizar la
Inspección Técnica a los edificios a partir de los 45 años de su
construcción. La
finalidad de esta inspección es establecer un sistema de control
periódico del estado de los edificios de viviendas para verificar el
deber que tienen los propietarios de conservar y rehabilitar sus
inmuebles.
Según
el calendario de aplicación a finales de 2012 deben haber pasado la ITE
unos 49.000 edificios, los construidos antes de 1930. A
ocho meses de la entrada en vigor las ITE gestionadas por CAATEB
(Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de
Edificación de Barcelona) han sido de 377. No disponemos de los datos del Colegio de Arquitectos, pero imaginamos que será un número similar. Por
los datos de otras Comunidades donde hace tiempo que es de aplicación,
es de suponer que el grado de cumplimiento no superará el 80% y, la
mayoría, como es tradición en este país, se harán a última hora.
En
caso de encontrar deficiencias durante la inspección, el decreto de la
ITE indica la obligación de los propietarios de realizar las obras para
subsanarlas. Como
es sabido, el mantenimiento de los edificios es bastante deficiente y
pasar la ITE supondrá en muchos casos la realización de unas obras que
quizá no se puedan pagar. Pensamos
que este será uno de los principales motivos de incumplimiento, ya que
muchos propietarios preferirán retrasar lo máximo posible la realización
de las inspecciones. Es importante recordar que el plazo indicado en la normativa para pasar la ITE, no se refiere sólo a la inspección. Se refiere a la concesión del Certificado de Aptitud emitido por la Administración. Esto
significa que en caso de que tengan que hacer obras, el plazo desde la
inspección a la finalización de las obras será de unos 9 meses como
mínimo (pensamos que hay que hacer el proyecto, pedir la licencia y realizar las obras). Por este motivo, recomendamos que las inspecciones se hagan lo antes posible para poder cumplir los plazos.
Por
otra parte, en lo que afecta a las inspecciones de los elementos
estructurales, uno de los problemas que nos encontramos es el hecho de
que el decreto indique que la inspección será únicamente visual, y que
no forma parte de esta detectar posibles vicios ocultos, ni prever causas sobrevenidas.
Podemos
garantizar que un edificio no tiene deficiencias estructurales sin que
se lleven a cabo calas o ensayos en los diferentes sistemas
estructurales y constructivos del edificio?
En
los próximos artículos explicaremos algunas de las consideraciones a
tener en cuenta a la hora de inspeccionar una estructura que puedan
darnos indicios de posibles defectos estructurales y, en su caso, qué
pruebas tenemos que realizar.Dado
que la mayoría de edificios que deben pasar la ITE del año próximo
tienen estructuras de madera, el primer artículo será: Las inspecciones
de los edificios con estructura de madera.
Enlaces:
1 comentaris:
como bién dices, en este país todo lo hacemos en el último momento, partiendo de esta premisa, se podría aprovechar la infrastuctura que supone pasar un ITE con realizar una mejora en cerramientos, instalciones etc. para una mejora en eficiéncia energética que espremos que en breve sea obligatoria.
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